BECAS
Nuestra Universidad ofrece a sus estudiantes los siguientes programas de becas, de liberación parcial o total en el pago de arancel, conforme a los requisitos establecidos en el reglamento de la Universidad.
Todas las becas sin excepción se entregan por un año. No existe ningún tipo de beca que se renueve automáticamente, debiendo ser renovadas las postulaciones cada año.
• Beca Institucional Felipe Segovia Martínez
Esta beca puede alcanzar hasta un 100% del arancel anual de la carrera y se otorga a los estudiantes de primer año que provengan de Instituciones o entidades externas a la Universidad con las que se tenga convenio, como por ejemplo con estudiantes que provengan de la Isla de Pascua, quienes pueden llegar a tener un descuento de hasta un 50%.
Requisitos:
- Cumplir con los requisitos de Admisión.
- Haber obtenido como mínimo 600 puntos en la PSU.
- Informe de la Institución que proviene que acredite la condición merecedora de la Beca.
- Cumplir con los requisitos expuestos en el mismo convenio.
Todos estos antecedentes son gestionados a través de la Dirección de Asuntos Estudiantiles (D.A.E), quien evalúa su factibilidad y porcentaje a asignar.
• Beca por Puntaje de Ingreso
La beca consiste en una rebaja porcentual de un 25% o un 50% del arancel anual del primer año de carrera de acuerdo al puntaje obtenido, y puede ser prolongable en los años posteriores, postulando a la Beca por Mérito Académico y condición socioeconómica y siendo evaluado por la Comisión de Becas de la Universidad.
Para esta beca se deben considerar los puntajes obtenidos en las pruebas de Lenguaje y Matemáticas: si el promedio de éstos es igual o superior a 600 puntos, la beca es de un 25%, mientras que con puntajes igual o superior a 670 puntos, el porcentaje de beca se eleva a un 50%.
Es importante señalar que para la obtención de esta beca sólo se considera la PSU rendida el año en curso y no pruebas anteriores.
Requisitos:
- Cumplir con los requisitos de Admisión.
- Acreditar puntaje obtenido en la PSU.
Todos estos antecedentes son gestionados en Admisión al momento de efectuar la matrícula, quien evalúa su factibilidad y porcentaje a asignar.
• Beca por Rendimiento Académico y Situación Socioeconómica
Esta Beca no podrá exceder el 50% del valor anual del arancel. Está destinada a los alumnos regulares de la Universidad, y se puede postular a ella a partir del segundo año de carrera.
Para ello, el alumno debe contar con un promedio mínimo de 5.8 entre las asignaturas que esté cursando, y acreditar una situación socioeconómica que amerite la necesidad de la beca.
Requisitos:
- Ser alumno regular y haber cursado y aprobado a lo menos un año académico completo.
- Obtener como nota mínima un 5,8 como promedio anual.
- Informe del Decano correspondiente, que acredite buen desempeño académico del postulante.
- No haber registrado sanción disciplinaria alguna en su expediente como alumno.
- Acreditar situación socioeconómica.
Todos estos antecedentes son evaluados por la Dirección de Asuntos Estudiantiles (D.A.E) y la Comisión de Becas de la Institución.
• Beca para Hijos de Funcionarios:
Esta Beca está destinada para los hijos de funcionarios que trabajen en la Institución SEK y que estudien una carrera en la Universidad Internacional SEK.
Para los hijos de funcionarios jornada, la beca alcanza el 50% del arancel anual de la carrera, mientras que para los hijos de profesores hora de la Institución, asciende a un 25%.
Esta beca se extenderá durante toda la carrera.
Requisitos:
- Ser alumno regular.
- Acreditar condición de hijo de funcionario de la Institución.
Para todos los programas de becas, los plazos de entrega de antecedentes se extienden entre el primer día hábil del mes de octubre y el último día hábil del mes de diciembre.
La resolución será informada antes del último día hábil del mes de enero.
Para mayores antecedentes por favor leer el Reglamento de Becas de la Universidad Internacional SEK.
Conoce en profundidad el Reglamento de Becas ( Descargar PDF )
Plazos de entrega de antecedentes: entre el primer día hábil del mes de octubre y el último día hábil del mes de diciembre.
La resolución será informada antes del último día hábil del mes de enero.





