Cuestionan proyecto sobre violencia intrafamiliar

www.24horas.cl - 8/6/05

 

 

 Corporación Humanas dice que el Senado frustró medidas que buscaban proteger a las víctimas.

El Senado "echó por tierra buena parte de los instrumentos jurídicos de protección a las víctimas de violencia intrafamiliar", entre ellos, la tipificación penal de este tipo de agresiones cuando se registran de modo habitual, continua o permanente, indicó este martes la Corporación Humanas. La sala de la cámara alta despachó anoche en su segundo trámite constitucional un proyecto que el gobierno envió hace casi cuatro años -agosto de 2001- para dar respuesta a un fenómeno que sólo en lo que va del año se ha cobrado 18 vidas de mujeres. La magnitud del asunto arroja estadísticas alarmantes como que una de cada dos mujeres ha sufrido violencia física, sexual y/o sicológica en su relación de pareja y más del 70% de los niños y las niñas chilenas ha sufrido algún tipo de violencia por parte de sus progenitores. Pese a estos datos, "los parlamentarios desnaturalizaron la iniciativa legal original y desoyeron las recomendaciones legislativas formuladas por la Corporación Humanas a cada uno de los ellos, para evitar la impunidad y la desprotección de las víctimas", indica la nota de prensa. Las propuestas apuntaban a reponer en el proyecto las normas que tipifican como delito criminal la violencia intrafamiliar, cuando ésta se produce de manera habitual, continua o permanente, pero la Sala del Senado consideró estas agresiones como problemas de menor gravedad, que sólo deben dar lugar a un procedimiento a cargo de los tribunales de familia, los que comienzan a operar en octubre de este año, con un rango similar al de la justicia civil. La Corporación Humanas advirtió a los legisladores que cuando la violencia ocurre una sola vez y no configura ninguno de los delitos contra las personas ni delitos de violencia sexual sancionados en el Código Penal, un procedimiento a cargo de tribunales de familia que asegure la debida protección resulta proporcional al daño inflingido, pero aplicar esta misma solución a la violencia intrafamiliar, cuando no se trata de hechos aislados sino sistemáticos, no constituye una respuesta adecuada. La propuesta de la Corporación también solicitaba que para casos de violencia intrafamiliar se limitaran algunas facultades del nuevo sistema penal que, lejos de aportar a detener la violencia, contribuirían a favorecer la impunidad y continuidad de estos hechos. Entre éstas facultades figura el principio de oportunidad, que permite al Fiscal no iniciar la persecución penal o abandonarla por estimar que los hechos no comprometen el interés público, en circunstancias que delitos como estos difieren profundamente de los ilícitos comunes, debido al vínculo que existe entre imputado y víctima. Igual peligro de impunidad entraña la posibilidad que posee el fiscal de aplicar una suspensión del procedimiento penal bajo condiciones que, tal como se establece en el informe de la Comisión del Senado, no permiten detener la violencia ni brindar protección a las víctimas. Se agregan los llamados acuerdos reparatorios entre víctimas e imputados, cuya aplicación en casos de lesiones constitutivas de violencia intrafamiliar debe revisarse, ante la desigualdad de poder que existe entre las partes a la hora de pactar y a la ineficacia de este sistema como mecanismo para detener la violencia.