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Cuestionan proyecto sobre violencia intrafamiliar www.24horas.cl - 8/6/05 |
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El
Senado "echó por tierra buena parte de los instrumentos jurídicos de
protección a las víctimas de violencia intrafamiliar", entre ellos, la
tipificación penal de este tipo de agresiones cuando se registran de modo
habitual, continua o permanente, indicó este martes la Corporación Humanas.
La sala de la cámara alta despachó anoche en su segundo trámite
constitucional un proyecto que el gobierno envió hace casi cuatro años
-agosto de 2001- para dar respuesta a un fenómeno que sólo en lo que va del
año se ha cobrado 18 vidas de mujeres. La magnitud del asunto arroja
estadísticas alarmantes como que una de cada dos mujeres ha sufrido violencia
física, sexual y/o sicológica en su relación de pareja y más del 70% de los
niños y las niñas chilenas ha sufrido algún tipo de violencia por parte de
sus progenitores. Pese a estos datos, "los parlamentarios
desnaturalizaron la iniciativa legal original y desoyeron las recomendaciones
legislativas formuladas por la Corporación Humanas a cada uno de los ellos,
para evitar la impunidad y la desprotección de las víctimas", indica la
nota de prensa. Las propuestas apuntaban a reponer en el proyecto las normas
que tipifican como delito criminal la violencia intrafamiliar, cuando ésta se
produce de manera habitual, continua o permanente, pero la Sala del Senado
consideró estas agresiones como problemas de menor gravedad, que sólo deben
dar lugar a un procedimiento a cargo de los tribunales de familia, los que
comienzan a operar en octubre de este año, con un rango similar al de la
justicia civil. La Corporación Humanas advirtió a los legisladores que cuando
la violencia ocurre una sola vez y no configura ninguno de los delitos contra
las personas ni delitos de violencia sexual sancionados en el Código Penal,
un procedimiento a cargo de tribunales de familia que asegure la debida
protección resulta proporcional al daño inflingido, pero aplicar esta misma
solución a la violencia intrafamiliar, cuando no se trata de hechos aislados sino
sistemáticos, no constituye una respuesta adecuada. La propuesta de la
Corporación también solicitaba que para casos de violencia intrafamiliar se
limitaran algunas facultades del nuevo sistema penal que, lejos de aportar a
detener la violencia, contribuirían a favorecer la impunidad y continuidad de
estos hechos. Entre éstas facultades figura el principio de oportunidad, que
permite al Fiscal no iniciar la persecución penal o abandonarla por estimar
que los hechos no comprometen el interés público, en circunstancias que
delitos como estos difieren profundamente de los ilícitos comunes, debido al
vínculo que existe entre imputado y víctima. Igual peligro de impunidad
entraña la posibilidad que posee el fiscal de aplicar una suspensión del
procedimiento penal bajo condiciones que, tal como se establece en el informe
de la Comisión del Senado, no permiten detener la violencia ni brindar
protección a las víctimas. Se agregan los llamados acuerdos reparatorios entre víctimas e imputados, cuya aplicación
en casos de lesiones constitutivas de violencia intrafamiliar debe revisarse,
ante la desigualdad de poder que existe entre las partes a la hora de pactar
y a la ineficacia de este sistema como mecanismo para detener la violencia.
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